Por qué los bancos bloquean criptomonedas: el congelamiento de cuentas explicado sin humo
- Franco Fernandez
- 11 oct 2024
- 6 Min. de lectura
Actualizado: 5 nov
Cuál es el verdadero problema
El de-risking se produce cuando un banco busca limitar (o cortar, según el caso) relaciones percibidas, según su criterio, como alto riesgo. Esto lógicamente incluye remesas, ONGs, y, entre tantas otras cosas, criptomonedas.
Diferentes autoridades como la EBA (Autoridad Bancaria Europea) y el FATF (Grupo de Acción Financiera Internacional) llevan muchos años diciendo que lo lógico sería un enfoque basado en riesgo con medidas graduales y no prohibiciones a un sector per-se (no podemos acusar al mundo cripto simplemente porque sí). De hecho en el 2022 la EBA insistió que el derisking indiscriminado daña la inclusión financiera gravemente.

¿Qué cambió en éste 2025?
Como ya sabes, los CASPs (es decir, las licencias otorgadas a través de entidades gubernamentales competentes y alineadas con MiCA, como la CNMV) están en un periodo de transición. Hasta hace muy poco bastaba con que el Exchange esté registrado ante el Banco de España pero ahora todos necesitan una licencia ad-hoc (CASP). En este sentido la Unión Europea permite esta transición hasta Julio de 2026 pero España particularmente determinó un plazo más corto, hasta el 30 de diciembre de este año.
Esto hace que, a la fecha, muchos exchanges operen “en transición”, haciendo que los bancos ajusten controles más fuertes.
En el 2024, la EBA extendió sus criterios sobre blanqueo y financiación de terrorismo (ML/TF en inglés, o PBC/FT en español) con respecto a los CASP, haciendo que haya mucho más foco en titularidades, en los on/off-ramps y en la custodia. Esto, según ellos, va a hacer que tengan una mejor trazabilidad. Son el “cómo” práctico para que PSP/CASP gestionen datos de ordenante/beneficiario en transferencias de fondos y cripto.
Por otro lado, tenemos el Travel Rule de la Unión Europea. Esta es una normativa que obliga, desde el 30 de diciembre de 2024 a bancos y CASPs a informar de los datos del ordenante y del beneficiario en transferencias cripto (lo mismo que sucede con transferencias bancarias, pero ahora en cripto).
Cómo decide un banco
Para que un banco tome una decisión sobre un cliente necesita evaluarlo en base a diferentes capas:
En primer lugar, tenemos el riesgo del cliente, aquí lo que más miran es la coherencia económica y el famoso KYC. Es decir, que los volúmenes que uno mueve sean coincidentes con la edad, actividad e ingresos.
¿Hay historial bancario? ¿Hay cambios de patrón? ¿Tenemos el origen fiscal de los fondos? Estas son preguntas típicas que se harán con respecto a vuestro perfil.
Por otro lado, tenemos al riesgo de la contraparte (es decir, al Exchange/CASP). Mirarán si está autorizado frente a MiCA, es decir, si cuenta con licencia, o si está en el periodo de transición, si tiene capacidad para enviar y recibir información cumpliendo con el Travel Rule. También mirarán de que jurisdicción proviene la Empresa, que tipo de país es (no es lo mismo un Exchange español si vives en España que un Exchange de un país fuera de Europa).
Por último, tenemos el riesgo transaccional, es decir, si dentro de la operatoria hay importes atípicos, hay alguna transacción más grande de lo habitual, o hay operatoria P2P, hay algún puente a jurisdicciones dudosas, hay relación con mixers, etc.
Disparadores comunes
Entre los disparadores más comunes podemos encontrar los siguientes:
Titularidades desalineadas: El Banco o el CASP, según el caso, debe saber si actúas por cuenta propia o no, y quien controla realmente dicha cuenta o wallet. Si el titular no coincide con el Exchange, por ejemplo, el riesgo sube notablemente.
Montos que no tienen coherencia con tu capacidad económica: Esto es uno de los motivos más comunes. Si hay inconsistencia de montos o volúmenes con respecto a tu perfil (ingresos, actividad, patrimonio), toca lo que se conoce como Examen Especial (conforme el art. 17, se analiza con especial atención la operatoria, se documenta todo por escrito y se deja a disposición de la autoridad el análisis).
Si, tras el examen hay indicios de blanqueo, el banco comunica al SEPBLAC.
La regla general indica que el banco debe detener inmediatamente la operatoria, no ejecutarla.
Mucho ojo, dado que el banco no puede decirte que ha realizado estas intervenciones. Esta prohibido revelar al cliente o a terceros las comunicaciones al SEPBLAC por posible blanqueo.
Utilización de mixers: Otro disparador clásico es cuando se verifica que el cliente ha utilizado mixers en su operatoria. Estas herramientas de anonimización son red flags para cualquier entidad bancaria o CASPs. No es que sea ilegal per se, sino que, a criterio del compliance, eleva el riesgo y exige más control hacia el cliente concreto.
Utilización de países sancionados: Esto es común cuando se realizan operaciones P2P. Si una wallet concreta está vinculada a personas o entidades sancionadas, cualquier flujo de dinero desde la cuenta comprometida a tu cuenta lógicamente despierta alarmas.
Congelamiento de cuentas
Hay que tener en cuenta que hoy por hoy los procesos que hemos comentado lo realizan plataformas automatizadas. Es decir, cuando llega tu depósito el CASP o el banco pasa el tx-hash (y otros detalles) por blockchain analytics que etiquetan tu operatoria conforme ciertos criterios (exchanges, mercados ilíticos, mixers, direcciones sancionadas), calculando riesgo.
Por otro lado, miran quien te envía el dinero (si es un CASP autorizado o no), si proviene de alguna jurisdicción sospechosa, si ha tenido incidentes previamente, etc.
Cuando estos disparadores se activan lo más habitual es que se produzca el famoso congelamiento de cuentas. Se queda “en revisión” y te exigen prueba de fondos (conocidos en el mundillo como SoF/SoW) y trazabilidad (justificantes, Tx-hash, etc).
En base a las pruebas que aportéis dependerá mucho si se acepta o se rechaza la solicitud.
Si se rechaza, y hay indicios de algo raro, como hemos hablado, se da aviso inmediato al SEPBLAC. Y como ya sabes, no te van a informar de que se ha dado aviso al SEPBLAC.
Derechos que tienes como usuario ante el congelamiento de cuentas
Lo primero que tienes que tener en cuenta es que si el proveedor rechaza ejecutar una orden de pago, primero que nada deben notificarte la negativa, explicar los motivos e indicar el procedimiento correcto para corregir los posibles errores (esto último tiene excepciones, por ejemplo cuando la norma prohíbe comunicarlo, es decir, salvo por excepciones de seguridad, deberían indicarte el procedimiento correcto).
¿Y que pasa si no me avisan nada y me congelan la cuenta?
En primer lugar, guardamos capturas o el mensaje donde se ve que la operación fue rechazada, con la fecha y hora, y la referencia de la operación (si es que la hay).
Luego, pedimos por escrito la motivación del rechazo y como subsanar, citando el Art. 51 RDL 19/2018.
Recuerda lo que buscan: La titularidad coincidente entre banco y Exchange, wallet propias, y pruebas de fondos (nóminas, IRPF, extractos en los últimos 90 días, TXID, etc.).
Si no te responden, o te dan una respuesta insuficiente, pasa al SAC/Defensor del Cliente de tu banco. Este paso es obligatorio antes de pasar a un órgano superior. En reclamaciones de servicios de pagos (como transferencias o tarjetas) tienen 15 días hábiles para responder por ley. Si no te contestan o no te convence, ahí pasamos al Banco de España.
Si no hay respuesta, pasamos al Banco de España, la propia web del BdE nos da un paso a paso: https://clientebancario.bde.es/pcb/es/menu-horizontal/podemosayudarte/consultasreclama/comorealizarrecl/?utm_source=chatgpt.com
Aquí tienes que adjuntar tu DNI, la reclamación previa del SAC y la documentación, evidenciando el rechazo, más las pruebas para conseguir el justificante.
NO pidas cosas por teléfono o Whatsapp, deja un rastro visible que luego servirá como justificante.
¿Cómo evitamos bloqueos en cuentas bancarias?
Hay una serie de buenas prácticas que te ayudan a minimizar esos riesgos. En primer lugar, asegúrate que la cuenta con la que operes siga una lógica: Desde tu banco, al Exchange, y de ahí a tu wallet. Y para desinvertir realizas lo que se conoce como “retorno al origen”, es decir, desde el mismo Exchange, al mismo banco que realizó el depósito inicial.
Ten a mano una carpeta con un pequeño paquete AML sobre tu operatoria:
- Ingresos, como nóminas, IRPF (modelo 100) y extractos bancarios.
- Informe fiscal cripto, con el historial on-ramp, los TXIDs, los informes de los exchanges, etc.
- Capturas de pantalla.
- Un pequeño Word o .pdf indicando el proceso a grandes rasgos.
Dentro de lo posible, opera con plataformas que estén autorizados por MiCA, es decir, que sean CASPs, o bien que estén en proceso de transición, esto ayuda muchísimo al proceso y evita red flags para ti.
En caso de que te pregunten o te hagan un requerimiento, siempre es fundamental presentar el paquete cerrado con toda la información lista. Esto siempre es muy buena señal para los oficiales de cumplimiento.
Todo lo que hemos hablado hoy es en definitiva gestión de riesgo. Haciendo las cosas lo más claro posible reduces fricción y ganas previsibilidad.
¡Hasta la próxima!


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